martes, 5 de abril de 2016

Desinfección de cadáveres


Art. 147 - Las desinfecciones de cadáveres se harán de dos maneras, a saber: cadáveres para autopsias, que se desinfectarán envolviendo el cuerpo en una sábana empapada en una solución fuerte de bicloruro al dos por mil y tapándole la boca, naríz y oídos con algodón empapado en la misma solución, y cadáveres para sepultar, en que se procederá como en el caso anterior y además se colocará una capa de cal viva en el fondo del cajón y, encima del cuerpo.

Art. 148 - Siempre deberá vestirse con el traje especial de trabajo, el desinfectador que se ocupe de estas desinfecciones.

Artículos del Reglamento de Desinfectadores de la "Asistencia Pública de Buenos Aires", 1903.

No hay comentarios: