Santos Godino (a) Petiso Orejudo. Famoso criminal perverso, instintitvo, autor de muchos delitos graves.
Un caso argentino famoso fue el de Cayetano Santos Godino. He aquí
sus delitos sacados de la sentencia del juez. El criminal también fue
condenado, pues se rechazó la alienación mental.
“Este proceso seguido de oficio contra Cayetano Santos Godino (a)
“Petiso Orejudo” o “El Petizo Oreja”, de 16 años de edad, soltero, sin
profesión ni ocupación, argentino, analfabeto aunque sabe firmar:
a) el
16 de enero de 1907, a los 8 años de edad, produjo un incendio en el
corralón de maderas que los señores Maza y Oyerzabal poseían en la calle
corrientes 2777 esquina Pueyrredón;
b) el 7 o el 9 de septiembre de
1908 tomó al menor S.G., de 22 meses de edad, que estaba en las
inmediaciones de las calles Boedo y Maza, y lo arrojó a un bañadero de
animales existente en un terreno sito en Victoria esquina Muñiz, con
intención de ahogarlo, pero fue sorprendido en circunstancias en que la
empujaba con la tabla y la víctima fue salvada;
c) a los pocos días, en
la puerta de la casa Colombres 632, le quemó los párpados con un
cigarrillo al menor J.B., de dos años y medio de edad;
d) el 25 de enero
de 1912 llevó por medio de engaños a la casa de Pavón 1541 que estaba
desalquilada, al menor A.L. de 12 años de edad y como este se negara a
entrar y gritara lo obligó a empellones, lo llevó hasta el fondo
tapándole la boca con un pañuelo, lo estranguló envolviéndole el cuello
con un piolín, lo desnudó y lo dejó después de golpearlo con una varita
de higuera arrancada de un árbol de la misma casa;
e) el 7 de mayo
siguiente, como a las 5 de la tarde, le prendió fuego a las ropas de la
menor R.B.V. de cinco años y medio de edad, en circunstancias en que
estaba mirando la vereda del almacén Entre Ríos 522, la cual falleció a
consecuencia de las quemaduras;
f) el 16 de junio del mismo año, intentó
incendiar el corralón de materiales de construcción Garay 3129,
derramando sobre el mostrador una botella de nafta y prendiéndola fuego,
pero sorprendido y obligado a extinguir el fuego;
g) el 8 de noviembre
del mismo año llevó al menor R.C.R., de dos años y medio de edad, a un
alfalfar existente en la manzana comprendida por las calles Pavón,
Avenida la Plata, Tarija y Quintino Bocayuva, le ató las piernas con una
cinta y le ligó el cuello con un piolín, pero como fue visto por un
peón, lo desató e hizo creer que lo había encontrado en ese estado y
salvado;
h) el 16 del mismo mes llevó a un menor C.G., de dos años de
edad, de la puerta de su domicilio, General Urquiza 1664, a un terreno
baldío cercano, la golpeó y cuando se disponía a matarla fue visto por
un vigilante a quien le hizo creer que estaba perdida;
i) el 19 del
mismo produjo un incendio en la estación Vial de la compañía de Tranways
Anglo Argentina, Carlos Calvo 3235, aplicándole un fósforo a unas
escobas y otros materiales de limpieza, fuego que fue sofocado por los
empleados;
j) tres días después tomó a la menor C. N. en la esquina de
Muñiz y Constitución y la llevó por la calle directorio hacia el Oeste
con intención de darle muerte en un terreno baldío, pero como la víctima
se negara a continuar y se refugiara en el zaguán de la casa Directorio
78, la golpeó hasta que fue socorrida por uno de los habitantes de la
casa;
k) el 21 del mismo mes, en el interior del corralón de materiales
de construcción Carlos Calvo 2950 le aplicó un fósforo a uno de los
cajones que contenían azulejos, pero el fuego fue sofocado por los
operarios de la casa;
l) pocos días después penetró al corralón de
maderas Colombres 724 e Independencia 3678 y les prendió fuego a unos
materiales que existían en una casa cerca del portón siendo extinguido
el fuego por los mismos empleados:
m) y finalmente, el 3 de diciembre de
1912 por la mañana, llevó con engaños al menor G.O.G., de tres años de
edad, a los terrenos de la antigua quinta de Moreno, calles Brasil,
Rondeau, Catamarca y Dean Funes y penetrando por la última calle
nombrada frente a la de 15 de Noviembre de 1889, lo llevó hacia un codo
que hace el cerco de pared y lo estranguló ligándole el cuello con un
piolín; como pretendiera levantarse le ató los pies y lo golpeó, pero
como a pesar de todo lo creyera con vida, se puso a buscar un clavo por
las inmediaciones para clavárselo en la cabeza, en cuya busca salió a la
calle, encontró al padre que le preguntó por la víctima y a quien le
dijo que no lo había visto y volviendo con el clavo se lo introdujo en
la cabeza golpeándolo con una piedra, lo que contempló un rato y se
retiró”.
Del tratado "Medicina Legal" del Dr. Nerio Rojas. Editorial El Ateneo, Buenos Aires, 1956.
No hay comentarios:
Publicar un comentario